Billete de banco, moneda de papel y papel moneda

Hola a todos, como dije en la presentación soy bastante nuevo y les hago un copy paste de estos términos que simplemente me parecieron interesantes porque se los suele utilizar cotidianamente pero sin saber realmente el significado (para los que no estamos metidos en esto)

Billete de banco

En primer lugar, la palabra “billete”, con la que se designa un papel de características físico-mecánicas muy especiales, que ha sido impreso siguiendo unas directrices específicas dictadas por las autoridades monetarias del país de la divisa, incluyendo las medidas de seguridad anti-falsificación y que, finalmente, ostenta un valor fiduciario específico indicado en una o en las dos de sus caras, razón por la que dicho valor se suele designar o denominar “valor facial”.
En general, se suele utilizar la palabra “billete” seguida de los vocablos “de banco”, para indicar que nos referimos a los definidos arriba y no a cualquier otra clase, pues aquella palabra admite muchas más acepciones.

En España, el valor mínimo de los billetes, de forma tradicional, siempre se consideró el superior a veinticinco pesetas, aunque con el devenir de los tiempos y sin que ello fuera reconocido así, dicho valor mínimo fue ascendiendo primero a los faciales de cincuenta pesetas, seguidos de los de cien, a los de quinientas, y en los tiempos de las emisiones de 1.992, en que todos los faciales indicados fueron sustituidos por moneda metálica, quedó como facial de menor cuantía el de 1.000 pesetas. En esta cuestión hay que ver la influencia de la inflación para comprender la razón del cambio de posición.
Sin embargo, los faciales superiores a cinco mil, tardarán ser introducidos en la circulación, por el temor que suscitaba su utilización y concretamente, el de diez mil no llegó hasta el año 1.985. El de veinte mil pesetas no pasó de los bocetos.

La moneda papel

La “moneda de papel”, que textualmente representa a aquellas emisiones de monedas no metálicas, acuñadas sobre papel, cartulinas, cartones, tela, cuero y similares que intencionadamente se pusieron en circulación para suplir la carencia de metales para fabricar las piezas de monedas fraccionarias metálicas (divisionarias), en épocas de escasez extrema provocada por situaciones de guerra declarada (durante el trascurso de ella o bien, una vez acabada, por sus consecuencias), especialmente en los aislamientos de ciudades debidos a sitios y situaciones afines.

A veces, estas monedas de papel podían adoptar la forma de círculos de cartón en los que por una cara se les imprimía el escudo de la nación y por el otro, se les adhería un sello de correos, el cual les confería el valor facial. Tal es el caso, de los cartones monedas puestos en
circulación por el Gobierno de la República Española mediante varias normas dictadas en los años de 1.936 a 1.938 . Como es lógico, todos estos cartones sello o cartones moneda exhibían faciales de muy bajo valor, pues estaban destinados al uso del mercado doméstico-familiar diario, en el que en la época no se movían grandes cantidades dinerarias.

Independientemente del caso relatado de nuestra historia más cercana, en otras épocas de la misma podemos encontrar otros ejemplos documentados en la bibliografía que se conserva en archivos y museos.

Igualmente, se conocen casos documentados en la historiografía de la época como los de la ciudad holandesa de Leyden [viii] y la de Midd-lebourgh [ix], que en el año 1.574, mientras resistían el sitio de las nuestras tropas por haberse rebelado contra la autoridad del Rey Felipe
II, pusieron en circulación monedas de las llamadas “obsidionales” o de emergencia. En general el uso de monedas de cartón, pergamino, cuero, etc., es bien conocido en momentos de gran necesidad, en especial en ciudades sitiadas.
En el periodo de nuestra historia reciente que corre entre los años 1.936 y 1.954, se pusieron en circulación emisiones de características billetiformes cuyos faciales abarcaron desde los cincuenta céntimos (Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Segunda República, año 1.938), hasta valores de cinco pesetas, cuya última emisión fue la de Alfonso X el Sabio, en la fecha 22/07/1.954).
Los organismos emisores de esas emisiones, fueron bien distintos. Mientras que el Gobierno de la República encomendó esa responsabilidad al Ministerio de Hacienda, el Gobierno del Estado Español, la descargó sobre el Banco de España, habilitándolo específicamente para este propósito.
En total, por parte republicana se pusieron en circulación cinco tipos de billetes: los dos Certificados de Plata del año 1.936 y los tres Certificados Provisionales de Moneda Divisionaria
del año 1.938.

Por la parte del Estado Español, las emisiones fueron más numerosas pues el periodo temporal en que fue necesaria su utilización, fue mucho más dilatado. Desde la primera emisión constituida por el tipo en el que se representaba a Hernán Cortés, de una peseta de fecha 01/06/1.940, hasta las ya mencionadas cinco pesetas del año 1.954, se pusieron en circulación un total de catorce emisiones, de las cuales, siete son de cinco pesetas y siete de una peseta.
Los motivos que llevaron a uno y otro bando a realizar estas emisiones son bien distintos. Mientras el Gobierno Republicano utilizó sus emisiones para recaudar la plata y el oro en posesión del pueblo [xi], con la excusa de que un trozo de papel es más fácil de trasportar que
una pieza de plata. En el Gobierno del Estado Español, los motivos fueron los clásicos: la escasez de metales para la amonedación, provocados de un lado por la salida de una guerra que había dejado al país en la ruina industrial, económica y laboral y de otro por la declaración de otra a nivel mundial a los pocos años que no permitía el comercio de los metales necesarios.

Tanto los emitidos por el Gobierno Republicano, como los que lo fueron por el Gobierno del Estado Español, presentan características similares en cuanto a sus dimensiones, firmas, y numeraciones, pues se buscaba darles el aspecto de “curso legal” necesario para que el pueblo los aceptara para el comercio diario. De ahí la expresión de emisiones con características billetiformes que hemos utilizado anteriormente.

El papel moneda

Finalmente, tenemos la locución “papel moneda”. Según el Diccionario de Numismática [xii], por esta denominación hemos de considerar “un trozo de papel impreso, en la actualidad también de material sintético, que representa un valor fiduciario”. Y continua diciendo: “Se considera papel moneda el billete, el vale real, la obligación al portador, el certificado provisional, el certificado de plata y algunos documentos semejantes.”

De la definición, hemos de asumir que el concepto de papel moneda presenta dos características propias.
En primer lugar, su carácter de concepto muy amplio y general, por lo que puede ser utilizado para indicar o expresar cuestiones muy genéricas relacionadas con el mundo de la notafilia. Así pues, cabría usarla para designar al conjunto de capital en circulación de un país, de todos los faciales, excluida la parte concerniente a la moneda metálica. En ciertas épocas, incluiría el capital circulante en forma de moneda de papel, los billetes divisionarios y los no divisionarios.
En la actualidad y dentro de nuestro entorno político-económico, abarca el capital circulante en forma de billetes de euro de todos los faciales. A veces, es utilizada para indicar el capital en billetes de banco que ha sido emitido/puesto en circulación por un banco emisor o un banco central.
En la expresión “papel moneda” se pueden considerar varias acepciones o significados según el contexto de la frase donde se utilice.
En segundo lugar, en el concepto de papel moneda cuando se contempla como billete de banco, hemos de distinguir dos épocas. La primera cuando se consideraba un medio de pago, que representa una cantidad de dinero canjeable por moneda metálica de metal noble (razón por la cual, había de contar con un respaldo físico en las cajas de los bancos emisores, lo que se llamaba encaje metálico) y la actual, que se considera como un concepto sinónimo del de billete que circula en lugar de la moneda fiduciaria (sin valor intrínseco, al no estar acuñada con metales nobles), en el que el billete ha perdido su carácter de título comercial y se ha convertido en un valor puramente fiduciario.


Espero que les resulte interesante o curioso como a mí, saludos.

Edito: fuente http://www.numismaticodigital.com/noticia/10308/articulos-notafilia/analisis-de-las-expresiones-papel-moneda-moneda-de-papel-y-billete-de-banco.html

2 comentarios en “Billete de banco, moneda de papel y papel moneda

  1. Hola Bienvenido, como dije en el post anterior de tu autoria.
    La idea no es hacer un "copy paste" sino aportar trabajos de elaboración. Además tenes que poner las fuentes de donde sacas la info.
    Saludos y ya saldran mejores post. 😉

  2. @russiannotes Hola Bienvenido, como dije en el post anterior de tu autoria.
    La idea no es hacer un "copy paste" sino aportar trabajos de elaboración. Además tenes que poner las fuentes de donde sacas la info.
    Saludos y ya saldran mejores post. 😉

    sin dudas que siguiendo este, entre otros consejos, los post saladrán mejores!! Yo hago borradores y respeto las reglas …

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